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José García Lobato, quien fuera alcalde de Almendralejo por el Partido Popular, se sienta desde este lunes en el banquillo de los acusados para responder ... de un supuesto delito de revelación de información reservada. Los hechos tienen relación con el concurso al que concurrió la empresa Cofely para hacerse con el servicio de iluminación en la ciudad de Almendralejo.
El juicio ha comenzado este lunes en la Audiencia Nacional y aborda una de las piezas relacionadas con el Caso Púnica, en el que se juzga a 37 personas, entre ellos el constructor David Marjaliza y ocho exalcaldes por las presuntas irregularidades cometidas en la adjudicación de contratos públicos a la empresa Cofely por valor de 224 millones de euros.
Entre los encausados están García Lobato y los exalcaldes de Parla, Móstoles, Collado Villalba, Valdemoro, Moraleja de Enmedio, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle.
Durante el día de hoy se van a analizar distintas cuestiones previas, razón por la que ya se sientan en el banquillo los encausados, cuyos abogados podrán plantear todas aquellas cuestiones que puedan influir en la celebración del juicio.
El procedimiento que hoy arranca es una de las piezas separadas de la causa que investiga desde el año 2014 las supuestas irregularidades cometidas en la adjudicación de contratos públicos relacionados con el servicio de iluminación.
En la parte que afecta a Almendralejo, además del exalcalde fueron investigados tres concejales de su equipo de Gobierno y varias personas que podrían haber tenido relación con esos hechos. Pero los cargos fueron retirados contra todos ellos y sólo existe acusación contra García Lobato.
En el caso de Almendralejo, la investigación se centró en el concurso que puso en marcha el Ayuntamiento de Almendralejo para adjudicar los servicios energéticos y de mantenimiento, que no se llegaron a ser adjudicados porque el proceso administrativo quedó interrumpido precisamente por las acciones judiciales que se llevaron a cabo contra las supuestas adjudicaciones ilegales.
Pero aunque el contrato de Almendralejo no se adjudicó, el juez de instrucción llegó a la conclusión de que García Lobato podría haber facilitado información del expediente de forma permanente durante su tramitación.
Ese expediente de contratación sobre el que se puso la lupa tenía un importe de 20 millones de euros y una duración de 15 años. Al concurso se presentaron solo dos empresas, la citada Cofely e Imesapi.
El juez sostuvo en su auto que Cofely acordó con el alcalde de Almendralejo «asegurar la adjudicación del contrato», hasta el punto de que habría sido la propia compañía «la que redactó los pliegos, impuso el presupuesto de licitación y los criterios técnicos sobre la base de los datos de consultoría que se les facilitó. Todo el procedimiento se orientó a favor de Cofely».
García-Castellón concluyó que la información «era transmitida por el propio alcalde», y que esa forma de proceder concedió a la mencionada empresa «una gran ventaja comercial y estratégica», perjudicando a los competidores.
«Cofely redactó los informes a su horma e interés, enviándolos a las autoridades municipales para que los hicieran suyos y fueran tramitados como si lo hubieran confeccionado los propios técnicos», se puede leer en el auto que readactó el juez de la Audiencia Nacional.
En el caso de Almendralejo, se aprobó el expediente de contratación y los pliegos, pero no se superaron las fases de valoración de ofertas y no se llegó a adoptar ninguna decisión definitiva. Esta circunstancia es la que llevó al juez a asegurar que no se podía determinar la existencia de «ilícitos de prevaricación», razón por la que no se presentó acusación por este delito.
Sin embargo, añadía la investigación de los mensajes que intercambió García Lobato con responsables de Cofely revelan que «el alcalde estuvo remitiendo durante meses» información relativa a la preparación del expediente y los pliegos técnicos, así como el trabajo de auditoría. «Lobato solicitó incluso del departamento comercial de Cofely que le hiciera un simulacro con las puntuaciones».
«En definitiva», concluyó el juez, «el investigado informó permanentemente no solo a los consultores Enrique Salas y Evaristo Núñez, sino a Pedro García Pérez a sabiendas que les trasladaba información reservadas».
Los hechos son presuntamente constitutivos de un delito de información reservada del artículo 417 del Código Penal. No se le acusó, sin embargo, de cohecho, fraude ni tráfico de influencias, delitos que en un primer momento también había apuntado la UCO de la Guardia Civil en sus actuaciones.
Durante el día de hoy se expondrán en la Audiencia Nacional las cuestiones previas, para las que han sido reservados varios días. Una vez resueltas, comenzarán los interrogatorios de los procesados y de los testigos, que se prolongarán durante semanas.
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